Se propone la renovación de los ayuntamientos cada cuatro años; que ningún partido pueda ocupar más del 60% de las curules del Congreso
Xalapa, Ver.- (RadioVer/Ana Lilia Velázquez).- El gobernador Javier Duarte de Ochoa, envió al Congreso del Estado una iniciativa para crear un nuevo Código Estatal de Elecciones, que de aprobarse se aplicaría para las elecciones locales del año entrante cuando se renovarán las 212 alcaldías y 50 diputaciones.
En la sesión de este viernes, se dio entrada a la propuesta del Ejecutivo, la cual busca establecer en dicho código, nuevos ordenamientos recién aprobados en la Constitución Local y, de paso, actualizar toda la ley.
Entre las propuestas se resalta que sólo se podrá monitorear la propaganda electoral en medios electrónicos e impresos y que no habrá regulación de ejercicios estadísticos como las encuestas.
Se pretende es prohibir a los partidos políticos realizar coaliciones parciales, es decir una alianza con un partido para la elección de gobernador y con otro partido para alcaldías. De tal forma que deberán de ser totales.
A decir de la iniciativa del mandatario estatal, se busca la armonización del Código Electoral con las recientes reformas constitucionales, que definen las características de la fórmula para la asignación de diputados de representación proporcional, de modo que el reparto de diputados plurinominales se ajuste a la regla de que ningún partido, considerando las diputaciones obtenidas por ambos principios, pueda ocupar más del 60% de las curules del Congreso.
Pero además la propuesta busca definir de mejor modo los tiempos y circunstancias para la tarea de la observación electoral; se introducen también precisiones tendientes a garantizar el cumplimiento de las cuotas de género, sin perjuicio de que se preserven los derechos de aquellos candidatos o candidatas que hubiesen ganado su postulación mediante un mecanismo de elección interna.
En relación con los requisitos para constituir partidos políticos, se mantiene la obligatoriedad para todos, de mantener los mínimos de militancia establecidos por la ley.
Se proponen adaptaciones necesarias para poner en práctica la renovación de los ayuntamientos cada cuatro años a partir de 2013, entre ellas la distribución de recursos en los años en que se efectúen campañas electorales.
Se precisa el concepto de financiamiento privado para distinguirlo claramente del público, manteniendo la preeminencia de este último y se clasifican las distintas fuentes de las que puede provenir el primero.
Igualmente se define un límite a las aportaciones privadas destinadas a apoyar a partidos o candidatos al tiempo que se asegura que el conjunto de fuentes privadas nunca rebase el financiamiento público.
En cuanto a precampañas y campañas, el mandatario explicó que con frecuencia se ha comentado que resulta disfuncional el prolongado período que separa las precampañas de las campañas.
Y que en rigor, los dos períodos deberían efectuarse uno a continuación del otro, pero -dijo- también debe preverse que se requiere un lapso para que los órganos internos de los partidos diriman las controversias que puedan suscitarse, e igualmente debe reservarse un margen para la eventual intervención de los órganos jurisdiccionales.
"Atendiendo a estas exigencias se precisaron los tiempos refiriéndolos siempre a fechas fijas y no a aquellas referidas a semanas cuya interpretación resultaba ambigua".
De tal forma que a partir del inicio del proceso de selección interna en el mes de febrero, se suceden las distintas etapas hasta el registro de candidatos y el inicio de las campañas, con absoluta precisión y se acerca lo más posible el período de campaña al de precampaña.
Durante dichos períodos se formulan especificaciones para la realización de propaganda y se definen mejor las normas relativas al monitoreo que solo tiene sentido cuando se realiza sobre los mensajes publicitarios en medios electrónicos e impresos ya que ambos son susceptibles de verificarse de manera integral.
Se deja fuera publicidad por otros medios que únicamente puede ser muestreada y la muestra no permite hacer comprobaciones integrales, por lo que no puede servir de base para posibles reclamos sustentados.
Pero además propuso, la no regulación de ejercicios estadísticos como las encuestas, cuya credibilidad se ha puesto en entredicho en los recientes procesos electorales en la Federación y en los estados.
"Cualquiera que sea el contenido de la normatividad, ésta no puede impedir el uso de las encuestas como medios de propaganda ni evitar que en el ámbito estatal se difundan muestreos desde centros de comunicación nacionales o internacionales que tengan relación con la elección local ", afirma la iniciativa.
Respecto de la figura de las coaliciones, se perfecciona la legislación con criterios jurisprudenciales que han determinado que la uniformidad de las alianzas significa que los partidos que deciden coaligarse mantengan ese tipo de unión en todas aquellas elecciones en las que intervengan simultáneamente para no generar confusión en el electorado ni se mezclen arbitrariamente plataformas y programas de diversos partidos que pueden resultar incompatibles.
Por eso se impide que, por ejemplo un partido pueda coaligarse con otro en la elección de un ayuntamiento y con uno distinto para otra elección municipal. Igualmente se trata de evitar que los partidos entren en una coalición para gobernador o diputados y otra diferente para ayuntamientos.
De aprobarse, se permitirá al Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano emita la Constancia de Mayoría al candidato triunfante en la elección de Gobernador.
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